
“Con el dinero de sus ahorros, no resulta difícil a un inmigrante de la década del ’50 y del ’60 hacerse poseedor de una majada de ovejas, ya sea comprándola o adquiriéndola a través de contratos de aparcería. (…) Pero la posesión de la tierra sería el factor decisivo para un productor ovejero en la segunda mitad del siglo XIX en Argentina, pues solo ella le permitirá realizar no solamente la ganancia, resultado de la explotación del suelo, sino apropiarse de parte de la renta diferencial, fuente principal del acelerado proceso de capitalización que experimenta la Provincia de Buenos Aires en ese período.”(21)
Es así como Guillermo Clary y su cuñado, Tomás Naughton, llegaron a adquirir el 17 de octubre de 1872 parte de la estancia en la que trabajaban.(22) Lo hicieron mediante una operación compleja. Se la compraron a Don Hipólito Galliard, a quien le pertenecía a su vez por haberla comprado catorce días antes a la Sucesión de Doña Jacoba Iramain de Achával en remate público(23). La fracción adquirida estaba formada por dos lotes, designados en el mencionado plano del expediente sucesorio de la señora de Achával con los números 4 y 5, cada uno de los cuales constaba de una superficie de 861,21has., es decir, un total de 1722has.(24) Ambos lotes se extendían de Este a Oeste y tenían algunos ranchos y puestos, además de dos poblaciones: la de Santiago Duffy, ubicada en el lote 4, y la de Tomás Kernan, en el lote 5, que era, de las dos, la más importante.
En 1874, los nuevos propietarios procedieron a dividir el condominio que tenían sobre el total de la fracción adquirida, adjudicándose una porción cada una de ellos. Sin embargo, la división no se hizo de acuerdo al marcado de los dos lotes originales, en dirección Este-Oeste, sino estableciendo una nueva línea divisoria, en dirección Norte-Sur. De este modo, ahora, las 1722has., se repartieron en dos lotes que, aunque con iguales superficies que los anteriores, se extendían uno al Oeste y otro al Este respecto de la línea de demarcación. A Tomás Naughton le tocó en suerte la porción Oeste, pegada al arroyo del Oro, con una extensión de 861,21has., y a Guillermo Clary la porción Este, de igual tamaño(25); con ello, la población principal que fuera de Tomás Kernan, quedó en posesión de Guillermo Clary.
Tomás Naughton murió el 16 de junio de 1888, con apenas 58 años, de una neumonía contraída en el entierro de su madre, fallecida el día 6, a los 93 años(26). Al no tener ascendientes, descendientes ni cónyuge, le heredaron sus hermanas (Margarita de Clary, Ana de Clary, Brígida de Shanahan y María de Eliff), a quienes les correspondió, como resultado de la partición de la propiedad de Thomas, una porción de 214,14has. para cada una. Mientras a Brígida y a Margarita les fueron adjudicados los lotes pegados al arroyo del Oro, a María y Ana pasaron a pertenecerles los lotes situados al Este del arroyo (el del Noroeste a la primera, el del Sudeste a la segunda), linderos con los terrenos del marido de Ana, Guillermo Clary(27). Un camino vecinal, aún existente, separaba los lotes del lado Oeste de los del lado Este.
Por otra parte, Guillermo Clary falleció el 11 de noviembre de 1906, cerca de los 78 años y sin dejar descendencia(28), por lo que heredó su mujer. No obstante, de las 861has. que tenía su marido en 1874, Ana recibió 645has.(29), lo que implica que Clary debió vender parte de su campo antes de morir. Si a estas 645has., se le suman las 214,14has. procedentes de la sucesión de su hermano, podemos deducir que, a partir de ese momento, la viuda de Clary quedó en posesión de una estancia de 859, 14has.
Aún así, no nos es posible afirmar con seguridad cuán grande era el campo de la viuda de Clary para 1911, es decir, al tiempo de ocurrir el crimen objeto de esta investigación. Cuando falleció, el 25 de febrero de 1924, el patrimonio dejado por la viuda ascendía a sólo 300,28has. A lo largo de esos años, se hicieron operaciones de venta parciales de un campo que estaba signado por la tragedia y que se había convertido en poco atractivo para su dueña(30). De todos modos, a los efectos de lo que nos interesa clarificar, la extensión del campo es un dato que no tiene mucho interés, salvo para los historiadores de la campaña mercedina. Sí, en cambio, la ubicación del casco, eje de la explotación de la estancia, ubicado en la población principal.
21. Korol, J.C. y Sábato, H., o.c. Idem.
22. La escritura de compraventa se firmó en la ciudad de Buenos Aires, ante el Esc. Laureano Carballeda. En la estancia de Achával había muchos irlandeses trabajando. No vamos a hacer una relación de todos ellos porque sería muy largo y no viene al caso.
23. Todo parece indicar que Galliard había comprado esas hectáreas para reventa y hacer una diferencia con la misma, vendiéndolas a estos dos irlandeses que pasaban por ese acto, de hacendados a propietarios.
24. Según escritura que autorizó en nombre de dicha sucesión el Sr. Juez de primera instancia en lo Civil de la Pcia. de Buenos Aires, Dr. Isaac Areco, con fecha 3 de octubre de 1872.
La estancia, que fue de Don Blas Achával y luego heredada por su mujer Jacoba Iramain, llegó a tener una extensión 8028has, según cuenta practicada en 1843 y aprobada por el juez, el 29 de septiembre del mismo año. Achával la había adquirido sumando dos fracciones que compró a María Josefa Oliveros de Robredo el 7 de mayo de 1836, ante el esc. Teodoro Montaña, y a Don Julián Vivas el 16 de octubre de 1837, ante el esc. Juan Pablo Izaurralde. Téngase presente que estamos hablando de la campaña bonaerense, en plena época de Rosas… Contar con una propiedad de esa magnitud, o tener capacidad para adquirirla, tan cerca del epicentro del poder del Restaurador, significa que su propietario contaría, sin duda, con la simpatía de aquél para hacer prósperos negocios, y éste con su colaboración.
25. La división de condominio se realizó mediante escritura del 23 de junio de 1874, otorgada en Buenos Aires ante el Esc. Laureano Carballeda.
26. Nota necrológica de Mary Finegan de Naughton y de Thomas Naughton en The Southern Cross, 22-VI-1888.
27. Expediente sucesorio de Thomas Naughton, tramitado ante el Juzgado Civil y Comercial del Departamento de Mercedes, ante el Juez Dr. Domingo Demaría. Puesto que Brígida y María habían fallecido al momento de hacerse efectiva la posesión de los bienes de la sucesión, les sucedieron sus hijos: Juan Shanahan Naughton, hijo de Brígida, y Ana, Brígida, Elena, Enrique, Margarita y María Eliff Naughton, hijos de María.
28. Coghlan (El aporte de los irlandeses, p. 225, y Los irlandeses en Argentina, p. 131), consigna que los Clary tuvieron un hijo llamado Juan, censado en Mercedes en 1869 con 10 años, nacido en 1859, pero debe haber muerto antes del censo de 1895, porque en éste no figura.
29. Testamento de Doña Ana Naughton de Clary, agregado en su expediente sucesorio. Archivo de los Tribunales de Mercedes. Legajo 218, Juzgado Civil y Comercial Nro. 10.
30. El 9 de septiembre de 1912, la Sra. de Clary le vendió a su sobrino Enrique Eliff Naughton –casado con Mary Gerarghty– las 214has. que había heredado de su hermano Thomas Naughton, ante el Esc. Martín Lopardo.